Los principales impuestos directos aplicables en España son:
- Impuesto sobre sociedades (IS)
- Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)
Los impuestos indirectos más relevantes aplicables en España son:
- Impuesto al valor agregado (IVA)
- Impuesto de Transferencia y Timbre (ITP y AJD)
España también cuenta con 94 convenios para evitar la doble imposición, con mayor alcance en países latinoamericanos.
Fiscalidad en la empresa
Impuestos
La fiscalidad en la empresa o el Impuesto de Sociedades (IS) se aplica a las empresas y otras entidades que son residentes fiscales en España y tributan sobre sus ingresos en todo el mundo. Una sociedad se considera residente en España a efectos fiscales si ha sido constituida conforme a la legislación española, tiene su domicilio social o su oficina de dirección efectiva en España.
- En España, la tasa general del impuesto de sociedades es del 25%. En ciertos casos, se aplican tipos impositivos más bajos, como en el caso de empresas de nueva creación que se dedican a actividades económicas.
- El Impuesto de Sociedades incluye diferentes incentivos fiscales para la inversión, especialmente en I + D e innovación tecnológica. También existen créditos fiscales para evitar la doble imposición nacional e internacional y un sistema de exención de dividendos y ganancias de capital de fuentes extranjeras.
- Los gastos contables son deducibles, con algunas excepciones. Los gastos no deducibles incluyen dividendos, gratificaciones y multas o sanciones.
- La amortización de activos fijos es un gasto deducible de impuestos siempre que sea eficaz y responsable.
- Las plusvalías, rentas derivadas de la transmisión de activos, se consideran rentas y se gravan al tipo aplicado a otras rentas.
- Si la base imponible resultante es positiva, puede compensarse con bases imponibles negativas de períodos impositivos anteriores (a partir de 2015, sin límite de tiempo).
Ejemplos prácticos de pago del Impuesto sobre Sociedades
Régimen fiscal para grupos de empresas
Los grupos de empresas pueden tributar bajo un régimen fiscal especial consolidado, donde todas las empresas del grupo tributan conjuntamente, no individualmente.
Otros incentivos específicos y regímenes fiscales especiales
Sociedades Tenedoras de Valores Extranjeros (ETVE): se trata de uno de los regímenes más competitivos de la UE. En determinadas circunstancias, no solo no se gravan las rentas de la sociedad controladora de origen extranjero, sino también las rentas que distribuye. a su socio o los ingresos que declara cuando el socio transfiere su participación en la sociedad controladora.
Régimen de neutralidad fiscal para operaciones de reestructuración (fusiones, escisiones, aportaciones no dinerarias, canjes de acciones, cambio de domicilio de una empresa europea o una empresa cooperativa europea de un estado miembro a otro de la UE).
Puedes obtener más información sobre fiscalidad en la empresa haciendo clic aqui.
La fiscalidad en la empresa, es diferente dependiendo en que zona del territorio nacional se encuentre la misma, centro de producción o de facturación tenga estipulado.
Régimen especial de fiscalidad en la empresa
Régimen fiscal especial de Canarias. De todos los incentivos fiscales a disposición de los inversores en Canarias, el más destacado es la Zona Especial Canarias. Las entidades que se acojan a este incentivo fiscal pagarán un Impuesto de Sociedades del 4%.
Recuadro de patentes: Reducción de hasta un 60% de los ingresos positivos por la transferencia de derechos de uso de patentes y otros activos intangibles.
Otros regímenes fiscales territoriales: Los Territorios Históricos del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra están autorizados a establecer y regular su propio sistema fiscal. Los ingresos obtenidos en Ceuta y Melilla también cuentan con incentivos fiscales específicos.
Impuesto sobre la renta
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se aplica a las personas físicas que sean residentes fiscales en España. Están sujetos a impuestos sobre sus ingresos mundiales.
Se considera que un contribuyente reside en territorio español cuando pasa más de 183 días en España en un año natural o cuando la base principal de su actividad empresarial o profesional o intereses económicos se encuentra en España.
Trabajadores asignados al extranjero: La legislación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece una exención muy importante sobre las rentas de los trabajadores que son residentes fiscales en España, pero trabajan en el extranjero para una empresa o entidad no residente, o un establecimiento permanente en el extranjero. Esta exención se aplica hasta 60.100 euros anuales, siempre que se cumplan determinados requisitos.
No residente
Impuesto sobre la renta (IRNR)
Las personas físicas y entidades que no residan en España tributarán sobre las rentas obtenidas en el territorio español a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
Con establecimiento permanente (con PE): Las personas y entidades no residentes tributarán sobre todas las rentas imputables al establecimiento permanente de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Sociedades, y contemplada en la legislación del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, para determinar lo impuesto de establecimiento.
Sin establecimiento permanente (sin EP): Las personas y entidades no residentes tributarán por separado por cada devengo total o parcial de las rentas devengadas en el territorio español.
Existen ciertas exenciones, que incluyen:
- Intereses y otras rentas de la transferencia de capital propio a terceros, así como plusvalías de bienes muebles, obtenidas sin la intermediación de una EP por residentes de otros estados miembros de la UE o por establecimientos permanentes de aquellos residentes ubicados en otro estado miembro de la UE.
- Dividendos distribuidos por una filial española a su matriz en la UE o Espacio Económico Europeo en determinados casos.
- La deuda pública. Están exentas las rentas devengadas por deuda pública obtenidas por personas naturales o entidades no residentes sin intermediación de PE.
- Ingresos devengados por la compra y venta internacional de bienes.
- Tarifa. Los honorarios devengados entre empresas «asociadas» o relacionadas fiscalmente, y / o empresas públicas ubicadas en la UE están exentos, cuando se cumplen ciertos requisitos.
- Cuentas de no residentes. Los ingresos obtenidos de las cuentas pagadas a los contribuyentes del IRNR están exentos.
- Régimen tributario de los internados
Aplicado a toda persona física que se convierta en residente en España como consecuencia de su trabajo. Sus rentas devengadas en España pueden tributar a un tipo impositivo fijo del 24% por los primeros 600.000 euros recibidos durante el período impositivo en el que se produce el cambio de residencia y por los cinco períodos impositivos siguientes. Los trabajadores acogidos a este régimen sólo tributarán en España sobre las rentas devengadas en el país y no sobre las rentas devengadas fuera del país salvo, se entenderá, por las rentas del trabajo obtenidas por el contribuyente en el territorio español en la solicitud del régimen especial.