mejores hipotecas

 

 

Ya ha pasado bastante, desde el momento en que entró en vigor la ley hipotecaria nueva, pero muchos clientes del servicio bancarios (y algunas entidades) aún no conocen cuáles son sus medidas más esenciales. Por esta razón, en este pequeño artículo, recogemos los tres puntos más señalados de esta normativa y los explicamos con un lenguaje entendible a fin de que vayamos al banco para informarnos de las mejores hipotecas, conociendo a la perfección, nuestros derechos y nuestras obligaciones.

 

 

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Reparto de los gastos en las mejores hipotecas

La normativa hipotecaria actual, desde dos mil diecinueve contiene un buen número de medidas que favorecen al consumidor, pero la más mediática es, indudablemente, la que altera el reparto de los gastos de formalización de una hipoteca. Veamos qué costas debemos abonar (y qué otras no) desde el momento en que se aplica la nueva ley:

* El usuario debe abonar la tasación de la residencia y su copia de la escritura notarial.

* El banco, tiene la obligación de abonar todos los demás gastos de constitución: la notaría, la gestoría, el registro, el impuesto sobre actos jurídicos documentados y su copia de la escritura.

 

 

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Gastos con la nueva Ley

La ley hipotecaria, no obstante, no dice nada sobre los gastos asociados a la formalización de la compra y venta. Por consiguiente, el futuro hipotecado sí debe abonar estas costas, que representan un equivalente al diez-doce por ciento del valor de la residencia adquirida.

 

 

Con todos los cambios habidos en el sistema hipotecario, debemos conocer las nuevas normativas que nos indiquen como acceder a las mejores hipotecas del mercado actual.

 

 

 

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Mejores hipotecas con la nueva Ley hipotecaria

Así mismo, es conveniente saber que la nueva regulación, establece múltiples medidas para proteger al consumidor a lo largo del proceso de contratación de su hipoteca. Ahora resumimos las más importantes:

* Más información para el cliente: el banco tiene la obligación de darnos diferentes documentos nuevos, como la FEIN o bien la FiAE, en los que se nos facilita más información sobre el préstamo que firmaremos y se nos advierte de sus posibles riesgos.

* Más estrellato del notario: antes del día de la firma, tenemos la obligación de visitar al notario a fin de que nos asesore gratis sobre nuestro crédito hipotecario. Este funcionario, así mismo nos va a hacer pasar un test para cerciorarse de que sabemos lo que vamos a firmar.

* Las cláusulas desmesuradas no se pueden inscribir: los registradores de la propiedad, no pueden anotar ninguna cláusula hipotecaria que haya sido declarada exagerada por el Tribunal Supremo.
Ahora, te explicaremos con más detalle de qué manera va el proceso de petición de un préstamo hipotecario.

 

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Las medidas retroactivas de la normativa de 2019

Para finiquitar, si contratamos nuestra hipoteca ya antes de la entrada en vigor de la ley hipotecaria de dos mil diecinueve, has de saber que hay dos medidas que son retroactivas. Esto es, que existen dos artículos que se nos van a aplicar, si bien nuestro crédito sea precedente a la normativa.

Veamos cuáles son:

* Los nuevos requisitos, para poder embargar la residencia en el caso de impago. Sea como sea la fecha de contratación de la hipoteca, sólo va a poder iniciarse el proceso de desahucio, si la demora alcanza las doce cuotas (o bien las quince mensualidades si ya ha pasado medio plazo).

* El abaratamiento del paso del tipo variable al fijo. Si deseamos cambiar el interés de una hipoteca variable a fin de que sea fijo, así sea con un acuerdo con el banco o bien con un traslado a otra entidad, sólo nos pueden cobrar una comisión del 0,15 por ciento por esta operación. Además de esto, si ya han pasado tres años desde el instante en que firmamos el crédito, no se nos va a poder aplicar este cargo.

A esto hay que agregar, que la nueva ley suprime la enervación en las subrogaciones, lo que quiere decir que nuestro banco actual ya no va a poder presentarnos una contraoferta igual o bien mejor, para evitar que traslademos nuestra hipoteca a otra entidad.

 

Fuente: http://www.fercogestion.com/es/mejores-hipotecas

 

Por Jose

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